sábado, 28 de abril de 2012

EFECTOS POR REFORMA DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO


La Reforma de  la  Ley Orgánica  del  Trabajo, vía  Ley  Habilitante, se hará mediante la  Comisión Presidencial nombrada  para  sus  efectos. 

Soy de  la  opinión que motivado a  que  después  de  la  Constitución Nacional, es la  Ley mas  importante  que rige el marco jurídico de las relaciones  laborales, debió  ser  discutida  abiertamente en  la  Asamblea Nacional, con  el  concurso y  participación  de  gremios  empresariales, laborales, profesionales y el gobierno quien  en  este  momento  es  el  patrono mayor.

En un foro  celebrado  el  pasado  martes 24 de  abril  en el  Colegio  de  Abogados, analizamos  los  pormenores  y  novedades de  la  reforma, entre  los cuales  podemos  resaltar los  siguientes  aspectos:

1)Fondo  de prestaciones  sociales: se  pretende  crear  un  fondo  para  el  sector publico  a  los  fines  de administrar  las  prestaciones  sociales  acumuladas. Adicionalmente con las  prestaciones sociales adeudas a la  fecha se  estima  dar un Petrobono (papel financiero), el  cual  podrá ser  canjeado en el  mercado bursátil. Este  planteamiento  va  en contra de  los  intereses  de  los  trabajadores ya  que en  un país  hiperinflacionario al momento  de  cambiar  el  citado instrumento  financiero va  a  recuperar  el  60% aproximadamente de  su  valor  nominal.

2)Calculo  de  Prestaciones Sociales: específicamente  encuanto  a  la  retroactividad:  Aquí  no  hay  mayor discusión  ya  que  esta  condición  tiene  rango  constitucional.

3) Modificación de la Jornada Laboral: se  estima  que  será  reducida  a  06 horas  diarias, 36 semanales.

3)Estabilidad Laboral: se establecerá   la  inamovilidad, la  cual  ha  sido  manejada mediante  decreto  desde  el  2002.

4)Tercerización: se  va  ha  definir  claramente  el  concepto  de  tercerización y se  establecerá  que  el  trabajador  no  sea  utilizado por  terceros por  una  empresa para  eludir responsabilidades  laborales. Se mantendrá  la  contratación  de  empresas  para  tareas  específicas.

En  conclusión como  Asesor  Empresarial, soy de  la  opinión que  esta  reforma  a  la  Ley Orgánica del Trabajo, debió realizarse con la participación de la  Comisión Tripartita, permitiendo en  mesa  de  trabajo  técnicas los  planteamientos, evaluando los  Pro y Contra. 

Encuanto a la Ley  de  Costo y Precios Justos, recomiendo a  las  empresas que producen y comercializan los  producto regulados, hacer sus  recaudos y cálculos  de  la  incidencias  en  sus  estructuras  de  costos por  mano  de  obra directa e indirecta producto  de la  aplicación  del ajuste  de  salario mínimo y la reforma  de  la  Ley Orgánica  del Trabajo.
TIPS  GREMIALES:

Consulte www.divulgaciontributaria.com.ve    para obtener toda   información  tributaria.

Estaremos presentes en el Foro Internacional de Derecho Tributario, el 9 de mayo en Caracas, organizado por KPMG.

El 17 de mayo en la Cámara Inmobiliaria dictare un taller sobre la  Ley de Costo y precios Justos. El Centro de Atención Integral al Empresario en la Cámara de Comercio de Caronì, lo  asesoran gratis en temas  tales: como iniciar y registrar su empresa, Tributarios, Financieros. Escuchen su programa  “Tributos  y Finanzas” los  sábados, 12 del mediodía por 97,3 FM, en Twitter@raulgilarias 

Orientaciones y consultas  gratuitas pueden escribir al email raulgilarias@gmail.com o llamar a 0414-895.8103 que  me permito dar como Contador Público y  Abogado.

Dios los  bendiga, su “Asesor Empresarial”