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jueves, 1 de diciembre de 2011

Por que una Ley de COstos y Precios #sundecop

1. Providencias de la Superintendencia Nacional de Costos y Precios
2. Reglamento Parcial Sobre la Superintendencia Nacional de Costos y Precios
3. ¿Por qué una Ley de Costos y Precios y no la Libertad del Mercado?

Acerca de #SUNDECOP http://www.sundecop.gob.ve/

EN GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, AÑO CXXXVIII - MES XII, CARACAS martes, 13 de Septiembre de 2011, Número 39.756

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Decreto Nº 8.449, mediante el cual se nombra Superintendente Nacional de Precios y Costos Justos, Órgano de la Vicepresidencia de la República, a la ciudadana Karlin Johanna Granadillo Ramírez.

Gaceta 39.756.pdf

EN GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, AÑO CXXXVIII - MES X, CARACAS lunes, 18 de Julio de 2011, Número 39.715

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Decreto Nº 8.331, mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos.

HUGO CHAVEZ FRÍAS

Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la nación Venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales, y éticas que persiguen el progreso de la patria y del colectivo, por mandato del pueblo y en ejercicio de las atribuciones que le confieren el último aparte del artículo 203 y el numeral 8 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana y, en concordancia con el artículo 5º, literal a de la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango , Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan, en Consejo de Ministros.

CAPÍTULO II DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COSTOS Y PRECIOS

Naturaleza de la superintendencia

ARTÍCULO 28: Se crea la Superintendencia Nacional de Costos y Precios, la cual forma parte de la estructura de la Vicepresidencia de la República, correspondiéndole ejercer la rectoría del Sistema, sobre la base de la aplicación de las disposiciones del presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley y su Reglamento.


La Superintendencia gozará de autonomía en los términos previstos en el presente Decreto Ley y en el ordenamiento jurídico vigente. Gozará de las prerrogativas, privilegios y exenciones de orden fiscal, tributario y procesal, que la ley otorga a la República.

Gaceta 39.715.pdf

Última actualización el Viernes, 25 de Noviembre de 2011 16:54

En 7 días vence plazo de inscripción para registro de empresas ante la Sundecop

Miércoles, 30 de Noviembre de 2011 20:15

La superintendente de Precios y Costos, Karlín Granadillo, recordó que el 07 de diciembre vence el plazo para que las empresas que producen, distribuyen y/o comercializan los 19 rubros cuyos precios fueron regulados (la tercera semana de noviembre por el presidente Hugo Chávez) realicen su inscripción a través de la web: www.sundecop.gob.ve.

Los productos con precio regulado son: ceras, cloros, jabones y enjuagues de ropa, lavaplatos, desinfectantes, champús y enjuagues para el cabello, desodorantes, jabones de baño, afeitadoras, papeles higiénicos, toallas sanitarias, pañales desechables, cremas dentales y enjuagues bucales, además de envases de agua mineral y jugos de frutas pasteurizados.

Granadillo subrayó que la información para realizar el proceso de inscripción debe ser suministrada exclusivamente a través del portal web del organismo y que en esta primera fase, sólo se realiza la notificación de precios. Posteriormente, se llevará a cabo la notificación de costos.

La inscripción se realiza en 3 sencillos pasos:

1) Ingresar al portal www.sundecop.gob.ve,

2) Iniciar el registro en el Sistema Automatizado de Administración de Precios (SISAP) y

3) Vaciar los datos requeridos por el sistema.

Una vez que los sujetos de aplicación cierren el proceso de Notificación de Precios tendrán su Certificado de Registro en el portal.

Destacó además la Superintendente que el registro será por fases. En una primera fase se hará la notificación de precios en donde se solicitará información sobre los productos que comercializa, servicios que prestan y tipos de presentación de los productos (fase actual).
En la segunda fase se notificarán los costos de las empresas a través de información contable y financiera.

La información que se solicite será explicada mediante la Providencia administrativa respectiva.

En cuanto a las razones por las cuales pusiera ser negada la inscripción y actualización del registro, explicó que el incumplimiento de uno de los requisitos fijados por la Sundecop será suficiente para la negativa. “Se consideran causales para la negativa de inscripción y actualización de los sujetos de aplicación haber suministrado información falsa o insuficiente al Registro Nacional de Bienes y Servicios o haber sido objeto de inhabilitación temporal o suspensión de acuerdo con los términos de la providencia administrativa”.

Finalizó comentando que paralelamente a las fiscalizaciones que la Sundecop adelanta en Caracas y otras 30 ciudades del país, más de 400 empresas ya han iniciado su registro e inscripción a través del portal del organismo.

Cabe destacar, que a los fines de facilitar su registro, la Superintendencia de Costos y Precios Justos brinda asesoramiento técnico a las empresas, a través de los números telefónicos: (0212) 3938891 al 93.

Fuente: Sundecop

MARCO JURIDICO #SUNDECOP

1. Constitución De La República Bolivariana de Venezuela
2. Reglamento Parcial Sobre la Superintendencia Nacional de Costos y Precios
3. Ley de Costos y Precios Justos
4. Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios
5. Ley Organica de Contraloria Social

#SUNDECOP