La Comisión de Administración de Divisas (Cadivi) anunció este jueves, por intermedio de un comunicado, la renovación automática de las solicitudes para el consumo con tarjetas de crédito mediante operaciones de comercio electrónico desde Venezuela.
Sirva el referido anuncio para recordar los trámites necesarios que cualquier persona natural debe cumplir con la providencia No. 99, vigente desde noviembre de 2009, que norma además los requisitos para el pago de consumos en el extranjero por parte de personas naturales con tarjetas de crédito y/o efectivo.
Pasos a seguir
En primer lugar, cualquier persona natural que desee solicitar divisas debe estar inscrita en el registro de usuarios del sistema de administración de divisas (Rusad) a través de la página web de Cadivi.
Una vez registrado podrá solicitar la planilla para los trámites previstos en esta providencia: bien sea para autorización de divisas para comercio electrónico, activar la tarjeta de crédito para viajes al exterior o solicitar efectivo.
Actualmente la resolución establece un monto máximo anual de hasta 3.000 dólares estadounidenses o su equivalente en cualquier divisa; 400 dólares para comercio electrónico así como 500 dólares estadounidenses o 400 euros para la adquisición de divisas en efectivo o cheque de viajero, dependiendo del destino.
La resolución establece que el usuario podrá utilizar hasta tres tarjetas de créditos de las cuales sea titular para realizar los consumos hasta por el monto que le sea autorizado por cada solicitud, siempre y cuando sean emitidas por un mismo operador cambiario autorizado y tengan fecha de vigencia de más de seis meses.
Igualmente informa que los usuarios son responsables del uso de las divisas y deben mantener por un año la documentación que respalde la autorización otorgada y los consumos realizados.
Asimismo indica que el usuario podrá disponer mensualmente de un máximo equivalente al 10% del monto máximo anual autorizado por adelanto de efectivo a través de cajeros automáticos ubicados en el exterior.
Para los comercios electrónicos
En caso de solicitar una autorización de consumo con tarjeta de crédito por comercio electrónico los usuarios deben entregar su planilla de solicitud y copia de la cédula de identidad.
Para solicitar la autorización de divisas para el pago de consumos con tarjetas de crédito en el exterior, el usuario debe consignar ante el banco autorizado, en un plazo máximo de 30 días hábiles bancarios y mínimo 5 días antes del viaje, la referida planilla de solicitud, copia del pasaje aéreo, terrestre o marítima, de ida y vuelta a Venezuela, el cual debe estar firmado y sellado por el emisor así como fotocopias de la Cédula de Identidad y pasaporte, con visa vigente cuando corresponda.
La anterior serie de requisitos también sirven para hacer una solicitud de efectivo para viajes las cuales también podrán realizarse para niños, niñas y adolescentes que viajen al extranjero, para lo cual la solicitud debe ser presentada por el padre, madre o representante legal, quien debe estar legalmente residenciado en Venezuela.
Para viajar al exerior
Para estas solicitudes el usuario deberá consignar ante el banco autorizado, en un plazo máximo de 20 días hábiles bancarios y mínimo cinco días antes del viaje, conjuntamente con una planilla de solicitud, copia del pasaje aéreo, terrestre o marítima, de ida y vuelta, del usuario, debidamente sellada y firmada por el emisor, así como fotocopias de la Cédula de Identidad y pasaporte, con visa vigente cuando corresponda.
En el caso de solicitudes para niños, niñas y adolescentes se anexará original y copia de la partida de nacimiento donde conste la representación legal o vínculo filial; la copia del pasaje aéreo, terrestre o marítimo, de idea y vuelta a Venezuela; y las copias de la cédula de identidad del padre, madre o representante legal que realice la solicitud así como de la cédula de identidad y pasaporte, con visa cuando corresponda, del niño, niña o adolescente.
Declaración obligatoria
La providencia indica que todos los usuarios que hayan hecho la solicitud de divisas deben realizar una declaración jurada de cierre, la cual se lleva a cabo de forma electrónica a través de la página web de Cadivi.
Dicha declaración, cuya elaboración dura escasos minutos, debe ser realizada por el usuario que recibió la autorización de divisas dentro de los 45 días siguientes a la fecha de regreso del viaje, independientemente de la realización efectiva del mismo.
La resolución indica que aquel usuario que incumpla con la declaración jurada de cierre no podrá tramitar nuevas solicitudes.
De igual manera indica que todos aquellos usuarios que hayan obtenido autorización por parte de Cadivi para realizar pagos en divisas con tarjetas de crédito en el extranjero, cuyos consumos hayan excedido el monto autorizado por solicitud deberán pagar el monto en bolívares equivalentes a la cantidad de divisas consumidas en exceso, calculado al tipo de cambio vigente.AVN
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