El Banco Central de Venezuela emitió un aviso que prohíbe a las instituciones financieras conformar cheques por montos menores a Bs.F. 100, a partir de hoy. Abr 01, 2011, 09:28 AM | (Emen).-
La medida entró en vigencia con la publicación en la Gaceta Oficial N° 39.646 que circula el día de hoy.
"Las instituciones bancarias deberán efectuar la conformación de los cheques emitidos por personas naturales o jurídicas siempre que su monto sea igual o superior a los Bs.F. 100", cita la Gaceta.
Se conoció que la medida busca disminuir el pago con cheques en los comercios y aumentar el uso de tarjetas de débito y crédito, que son menos costosas operativamente.
La orden del BCV no establece que los comercios deban dejar de recibir cheques con montos menores a los Bs.F. 100, ni que las personas naturales o jurídicas deban abstenerse de emitirlos.
Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas
BCV
Aviso Oficial mediante el cual se informa a las instituciones bancarias regidas por la Ley de Instituciones del Sector Bancario y demás leyes especiales, así como al público que a partir del 1° de abril de 2011, las instituciones bancarias deberán efectuar, a través de los mecanismos dispuestos al efecto, la conformación de los cheques girados contra cuenta de depósito a la vista, emitidos por personas naturales o jurídicas, siempre que su monto sea igual o superior a los cien bolívares (Bs. 100,00).
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